viernes, 24 de agosto de 2012

(EPSAs)CONTABILIDAD DE COSTOS

Entidades Prestadoras de Servicios de Agua Potable y
Alcantarillado Sanitario (EPSAs)
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 8º de la Ley
2066 de 11 de abril de 2000 de Servicios de Agua Potable y
Alcantarillado Sanitario, las Entidades Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, están definidas como personas jurídicas públicas o privadas que prestan uno o más de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, y que tiene una de las siguientes formas de constitución:
Empresa Pública Municipal, dependiente de uno o más
Gobiernos Municipales.
Sociedad Anónima Mixta
Empresa Privada
Cooperativa de Servicios Públicos
Asociación Civil
Pueblos indígenas y originarios, comunidades indígenas y campesinas, asociaciones, organizaciones y sindicatos campesinos.
Comités de agua, pequeños sistemas urbanos independientes, juntas vecinales y cualquier otra organización que cuente con una estructura jurídica reconocida por Ley, excepto los gobiernos municipales.
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 15º de la indicada Ley, la Superintendencia de Saneamiento Básico, otorga concesiones, licencias o registros a las EPSAs, en función al número de habitantes en el área de concesión. De esta manera se otorgan concesiones a través de contratos a empresas que prestan servicios a áreas servidas con una población mayor a 10.000 habitantes; licencias a empresas con un nivel de prestación entre 2.000 y 10.000 habitantes y registros a empresas prestadoras a poblaciones con menos de 2.000 habitantes.
SI DESEA OBTENER MAYOR INFORMACION HACER CLICK AQUI.

No hay comentarios:

Publicar un comentario